¿Sabías que, tras la Ley 2/2023, las empresas de 50 o más empleados (o de ciertos sectores) deben implantar un canal de denuncias… pero podrían encontrarse ante un verdadero choque de obligaciones?
Lee el artículo de Gerard Espuga para conocer:
- El dilema entre cooperar “al instante” con el Ministerio Fiscal y preservar el derecho penal de defensa de la propia corporación.
- Por qué, cuando los denunciados son directivos o empleados, desaparece ese derecho de defensa y la empresa debe colaborar sin reservas.
- La importancia de reglas internas claras para evitar conflictos de interés del responsable del sistema.
👉 Clicka para leer el artículo completo: ¿Qué pasa cuando la empresa es la denunciada en su propio canal de denuncias?