Aunque la normativa concursal insiste en la buena fe del deudor, lo cierto es que la exoneración del pasivo insatisfecho sigue encontrando importantes límites cuando se trata de deudas con Hacienda o la Seguridad Social. Un problema especialmente grave para autónomos y empresarios que intentan recuperarse tras una situación de insolvencia.
Lo que muchos desconocen es que haber sido sancionado —incluso en contextos discutibles— puede suponer la pérdida del derecho a esa exoneración, incluso aunque la actividad empresarial haya cesado hace años y el concurso se haya tramitado correctamente.
En este contexto, Manuel Rodríguez Mondelo, abogado y socio fundador de Beta Legal, reflexiona sobre el estado actual del sistema en su artículo publicado en El Confidencial. En él analiza la reciente sentencia del Tribunal Supremo (STS 450/2025), la interpretación del artículo 491 del TRLC y el impacto de la doctrina europea en los procesos de segunda oportunidad.
🧩 ¿Dónde queda el principio de proporcionalidad?
⚠️ ¿Qué pasa con quienes vieron cómo se les cambiaban las reglas a mitad de proceso?
Puedes leer el artículo completo aquí: “A vueltas con la exoneración de los créditos públicos”