En referencia a la Ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia, cabe destacar la reciente entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, que introduce importantes reformas en materia de derecho procesal. Estas reformas forman parte del plan “Justicia 2030”, con el objetivo de agilizar los procedimientos judiciales, fomentar el uso de métodos alternativos de resolución de conflictos y mejorar la organización de la Administración de Justicia.
A continuación, destacamos los aspectos más relevantes de esta nueva normativa:
1. Reforma organizativa: Creación de los Tribunales de Instancia
La nueva organización judicial supone una transformación significativa:
- Sustitución de los juzgados unipersonales por Tribunales de Instancia, con el fin de promover un modelo colegiado que mejore la especialización y eficiencia en la administración de justicia.
- Se regulan las Juntas de Jueces y Juntas de Sección para garantizar la uniformidad en la interpretación de las normas.
- Creación del Tribunal Central de Instancia, con sede en Madrid y competencias en todo el territorio nacional, abarcando diversas áreas jurisdiccionales: Instrucción, Penal, Menores, Vigilancia Penitenciaria y Contencioso-Administrativo.
- Reorganización de los Juzgados de Paz en Oficinas de Justicia municipales, dotadas de herramientas tecnológicas avanzadas para un mejor acceso a la justicia, especialmente en zonas rurales.
- Impulso a la especialización mediante nuevas secciones en los Tribunales de Instancia, como Familia, Mercantil, Violencia de Género, Menores y Contencioso-Administrativo.
2. Obligación de acudir a MASC antes de iniciar procedimientos judiciales
Se introduce la obligatoriedad de intentar un Método Alternativo de Solución de Controversias (MASC) previo a la interposición de una demanda en asuntos civiles y mercantiles. Los principales aspectos de esta medida son:
- Los MASC pueden incluir mediación, conciliación, opinión neutral de un experto independiente, oferta vinculante confidencial u otros mecanismos reconocidos por ley.
- La falta de acreditación de haber intentado un MASC supondrá la inadmisibilidad de la demanda.
- La solicitud de inicio de un proceso de negociación interrumpe la prescripción o suspende la caducidad de las acciones.
- Se contemplan excepciones para procedimientos urgentes o relativos a derechos fundamentales, familia, discapacidad y menores.
- En materia de costas, la ley establece que la negativa injustificada a participar en un MASC podrá influir en la condena en costas.
3. Otras medidas de eficiencia procesal
La Ley también introduce diversas reformas en los procedimientos civiles y mercantiles, entre las que destacan:
- Notificaciones electrónicas: Se refuerza la obligatoriedad de la notificación electrónica para personas jurídicas antes de recurrir a la notificación edictal.
- Juicio verbal: Se permite al juez prescindir del acto de juicio si considera que la prueba es suficiente y dictar sentencias orales al concluir la vista.
- Desahucios: Se unifica el criterio sobre los efectos de cosa juzgada de las acciones acumuladas a la acción de desahucio.
- Costas procesales: Se incrementa el importe de las pretensiones de cuantía indeterminada y se establecen nuevas reglas para la imposición de costas, con el fin de disuadir la litigiosidad abusiva.
- Ejecución civil: Se introduce la posibilidad de suspender la ejecución para acudir a mediación y se perfecciona la regulación de la subasta judicial electrónica.
- Limitación de los actos de disposición en los recursos de casación: No será posible desistir, renunciar, allanarse o transigir una vez se haya fijado la fecha para la deliberación, votación y fallo.
- Arrendamiento de viviendas turísticas: Se exige la aprobación expresa de la Comunidad de Propietarios para autorizar esta actividad.
Entrada en vigor de la Ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia
- La reforma organizativa (Tribunales de Instancia y Oficinas de Justicia) entrará en vigor el 23 de enero de 2025, con un calendario escalonado para la constitución de los Tribunales de Instancia hasta el 31 de diciembre de 2025.
- Las disposiciones relativas a los MASC y las modificaciones procesales de la LEC entrarán en vigor el 3 de abril de 2025 y serán aplicables a los procedimientos iniciados a partir de dicha fecha.
El área de Asesoría Fiscal de BETA LEGAL, sigue de cerca estas importantes reformas y esta a su disposición para asesorarle sobre su aplicación práctica y su impacto en sus intereses jurídicos. No duden en contactarnos para cualquier consulta.