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Sistemas y programas de facturación

Programas de facturación

¡Novedades importantes para ti y tu empresa entorno a los sistemas y programas de facturación!

El pasado 6 de diciembre de 2023 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre. Este Real Decreto aprueba el Reglamento que establece los requisitos para los sistemas y programas informáticos que respaldan los procesos de facturación de empresarios y profesionales, así como la estandarización de los formatos de los registros de facturación.

Este reglamento es una consecuencia directa de la modificación del artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, incorporada por la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

¿Qué implica esto para ti?

El reglamento establece los criterios que deben cumplir los registros de facturación generados por sistemas informáticos, asegurando su integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad. Esto combate el uso de ‘software de doble uso’ o ‘software de ocultación de ventas’, mejorando la transparencia en las ventas al consumidor final.

Coloquialmente conocido como ‘Reglamento Veri*factu’, este reglamento simplifica el cumplimiento mediante el envío de registros de facturación a la sede electrónica de la Agencia Tributaria al momento de su producción.

¿Qué beneficios trae consigo?

Además de combatir el fraude fiscal, estos sistemas impulsarán la digitalización empresarial y mejorarán los servicios de asistencia de la Agencia Tributaria a los contribuyentes. Podrás descargar las operaciones realizadas cuando uses sistemas ‘Veri*factu’ con envío de datos, facilitando la confección de libros registro fiscales y modelos tributarios.

¿Cómo afecta a las empresas y autónomos?

La nueva norma es aplicable a todas las empresas y empresarios, salvo aquellos bajo el Suministro Inmediato de Información (SII) o sin obligación de facturación. Todos deberán adaptarse antes del 1 de julio de 2025, con la posibilidad de utilizar el kit digital del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para financiar las modificaciones en programas informáticos.

¿Qué sigue?

La orden ministerial de desarrollo técnico se espera después de este Real Decreto. Los desarrolladores de programas informáticos tendrán hasta 9 meses para cumplir con estas disposiciones y deberán incorporar una “declaración responsable” de conformidad con esta normativa.

Es importante destacar que este reglamento es compatible con el Proyecto de Reglamento de factura electrónica B2B, en proceso por el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, donde los sistemas informáticos empresariales deberán adaptarse de manera integral.

Te mantendremos informado sobre cualquier actualización y te ayudaremos en el proceso de adaptación a estas nuevas regulaciones.

¡Estamos aquí para apoyarte en este camino hacia la digitalización y el cumplimiento normativo!

 

*Fuente: Agencia Estatal de Administración Tributaria

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Manuel Rodríguez Mondelo
Abogado y socio fundador

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