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Novedades IRPF 2023: los rendimientos del trabajo

Tras la publicación del Real Decreto-Ley 1039/2022 de 27 de diciembre y con la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023, se ha producido un importante cambio en cuanto a materia de retenciones se refiere. Un cambio legislativo que modifica los criterios de determinación del tipo de retención con fecha efectos 1 de enero de 2023 pero que se empezará a aplicar desde este mismo mes de febrero de 2023.

Los cambios legislativos arriba mencionados supondrán modificaciones del porcentaje de IRPF a aplicar en las nóminas de los diferentes trabajadores.

El cambio en la norma gira entorno a lo siguiente:

  1. Hasta la fecha todos aquellos trabajadores que percibían en cómputo anual entre 15.000 y 18.000 euros brutos en cuanto a rendimientos del trabajo se refiere se beneficiaban de una reducción fiscal en cuanto a IRPF. Tras la nueva publicación dicho beneficio se ha extendido hasta 21.000 euros brutos anuales.
  2. Cabe indicar también que el bruto mínimo a partir del cual se empieza a retener se ha establecido para el año 2023 en adelante en 15.000 euros para aquellos contribuyentes que se encuentren en situación de soltero sin hijos y en 19.000 a aquellos que tengan dos o más hijos, sustituyendo a los 14.000 y 18.000 respectivamente que teníamos en ejercicios anteriores.
  3. El Ministerio de Hacienda ha decidido modificar el reglamento para evitar lo que catalogan como “errores de salto”. Para ello ha decidido ajustar las retenciones de los contribuyentes que cobran entre 22.000 y 35.200 euros brutos anuales para evitar grandes subidas del mismo porcentaje.

Siguiendo por tanto estos nuevos criterios de retención, los porcentajes de IRPF aplicables en las nóminas para aquellos trabajadores que se encuentren las situaciones expuestas en el primer y tercer punto deberían verse reducidos por la aplicación del nuevo criterio de beneficio fiscal.

Ahora bien, al parecer está disminución del porcentaje de IRPF no será del todo real puesto que el contribuyente en caso de tener la obligación de realizar la Renta deberá regularizar su situación y es posible que exista un descuadre dinerario en concepto de IRPF el cual nos veremos obligados a satisfacer en la declaración del ejercicio 2023.

Un problema que puede tener fácil solución puesto que el trabajador puede ejercer su derecho de solicitar un porcentaje de IRPF superior al calculado desde AEAT en su nómina con el objetivo de no tener imprevistos futuros. Dicha petición deberá ser formalizada por escrito e indicando el porcentaje a aplicar que el trabajador quiere ver reflejado en su nómina.

Muy importante hacer hincapié en que la empresa está obligada a retener como mínimo lo que el cálculo de Agencia Tributaria indica, jamás se puede solicitar un porcentaje que esté por debajo del marcado.

La Agencia Tributaria ha habilitado desde la publicación de la norma una calculadora de retenciones a disposición de los ciudadanos con el nuevo algoritmo de cálculo que se deberá utilizar para determinar los nuevos porcentajes a aplicar.

El objeto de este cambio es intentar paliar la enorme subida del IPC de los últimos años, minorando la retención de IRPF del contribuyente de manera temporal.

Maribel Meseguer Pérez
Consultora en Recursos Humanos

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