Impuesto sobre Sociedades 2026: tipos, plazos y cómo se calcula

Impuesto sobre Sociedades 2026: tipos y plazos
Tipos del Impuesto sobre Sociedades en 2026 (general, micropymes, reducida dimensión, nueva creación), cálculo paso a paso y plazos del modelo 200 y 202.

El Impuesto sobre Sociedades grava el beneficio de las sociedades. En 2026 el tipo general sigue en el 25%, pero las empresas pequeñas pagan menos: entre el 19% y el 23% según su cifra de negocios. Aquí tienes los tipos de 2026, cómo se calcula el impuesto y cuándo se paga.

Quién paga el Impuesto sobre Sociedades

El Impuesto sobre Sociedades lo pagan las sociedades y demás entidades con personalidad jurídica residentes en España: sociedades limitadas y anónimas, cooperativas, sociedades profesionales, fundaciones y asociaciones (estas dos con regímenes especiales). Los autónomos tributan por el IRPF, no por este impuesto.

Toda sociedad debe presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades cada año, aunque no haya tenido actividad ni beneficios.

Tipos del Impuesto sobre Sociedades en 2026

Para los ejercicios que empiezan en 2026, los tipos son estos (artículo 29 y disposición transitoria 44.ª de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, según la Agencia Tributaria):

Tipo de entidadTipo 2026
General25%
Micropyme (cifra de negocios del año anterior inferior a 1 millón de euros): primeros 50.000 euros de base imponible19%
Micropyme: resto de la base imponible21%
Empresa de reducida dimensión (cifra de negocios del año anterior inferior a 10 millones de euros)23%
Entidad de nueva creación (primer ejercicio con base positiva y el siguiente)15%
Empresa emergente (Ley 28/2022)15%
Entidad patrimonial25%

Los tipos reducidos de micropymes y empresas de reducida dimensión no se aplican a las entidades patrimoniales. La reforma de la Ley 7/2024 prevé que estos tipos sigan bajando de forma progresiva en los próximos ejercicios.

Ejemplo con una base imponible de 80.000 euros

EmpresaCálculoCuota íntegra
Micropyme50.000 × 19% + 30.000 × 21%15.800 €
Reducida dimensión80.000 × 23%18.400 €
Tipo general80.000 × 25%20.000 €

Las empresas con una cifra de negocios de al menos 20 millones de euros, o que tributan en régimen de consolidación fiscal, tienen además una tributación mínima del 15% de la base imponible.

Cómo se calcula el Impuesto sobre Sociedades

  1. Resultado contable: el beneficio o la pérdida de la cuenta de resultados.
  2. Ajustes: se suman los gastos que no son deducibles (multas, el propio impuesto, donativos…) y se restan los ingresos exentos. Los detallamos en gastos deducibles en el Impuesto sobre Sociedades.
  3. Reducciones: reserva de capitalización y, en empresas de reducida dimensión, reserva de nivelación.
  4. Compensación de pérdidas de años anteriores: el resultado es la base imponible.
  5. Tipo de gravamen: se aplica el tipo que corresponda; el resultado es la cuota íntegra.
  6. Deducciones y bonificaciones (I+D+i, creación de empleo para personas con discapacidad, donativos, entre otras): el resultado es la cuota líquida.
  7. Retenciones y pagos fraccionados ya ingresados: se restan y queda la cantidad a pagar o a devolver.

Si la sociedad tiene operaciones con sus socios (sueldos, alquileres, préstamos), deben valorarse a precio de mercado. Lo explicamos en operaciones vinculadas entre socio y sociedad.

Plazos: modelo 200 y pagos fraccionados

ModeloQué esPlazo (ejercicio igual al año natural)
200Declaración anualDel 1 al 25 de julio del año siguiente (en 2027, hasta el 26 de julio)
202Pagos fraccionados a cuenta del año en cursoDel 1 al 20 de abril, octubre y diciembre

Si el ejercicio termina en otra fecha, el modelo 200 se presenta en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al cierre. Todas las fechas del año están en el calendario fiscal 2027 para empresas.

El pago fraccionado se calcula sobre la cuota del último impuesto presentado o, si la sociedad lo elige (y obligatoriamente cuando su cifra de negocios supera 6 millones de euros), sobre la base imponible de los meses transcurridos del año.

Cómo pagar lo justo

El Impuesto sobre Sociedades se decide sobre todo antes de cerrar el ejercicio: qué gastos se registran, qué deterioros se dotan, qué retribución reciben los administradores y qué reservas se constituyen. Por eso recomendamos revisar el cierre fiscal del ejercicio en noviembre y diciembre.

Nuestro equipo de asesoría fiscal para empresas prepara el Impuesto sobre Sociedades, los pagos fraccionados y la planificación del cierre para sociedades de toda España.

Preguntas frecuentes

¿Qué es una empresa de reducida dimensión?

Es la sociedad cuya cifra de negocios del ejercicio anterior fue inferior a 10 millones de euros. Además del tipo reducido, tiene incentivos propios, como la amortización acelerada o la reserva de nivelación.

¿Tengo que presentar el Impuesto sobre Sociedades si la empresa no ha tenido actividad?

Sí. Toda sociedad está obligada a presentar el modelo 200 cada año, aunque no haya tenido ingresos ni actividad.

¿Qué pasa si la sociedad tiene pérdidas?

No paga impuesto ese año y la pérdida se puede compensar con beneficios de años siguientes, sin límite de tiempo. Hasta 1 millón de euros se compensa entero; por encima, con un porcentaje que depende de la cifra de negocios.

Revisado por Miquel Sánchez Escobar, consultor experto en fiscalidad y contabilidad.

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